viernes, 27 de abril de 2018

Código Penal

Sobre la sentencia de la violación en grupo a una chica, perpetrada por "la manada"
Primero. El Código Penal no representa la suprema sabiduría ni la máxima objetividad en todos sus artículos. Segundo, tampoco la representan quienes lo interpretan y lo aplican, que son los jueces. Tercero, y tampoco quienes elaboran las leyes, que son los diputados. El Código Penal tiene su historia y su dependencia de ideas que socialmente puedan haber quedado desfasadas pero que aún conserven su impronta en algunos artículos.
No hace mucho tiempo, Eduardo Torres Dulce, que fue Fiscal general, decía que el Código Penal se había modificado casi 30 veces en pocos años y que de tales reformas, con enmiendas a artículos, adiciones, reinterpretaciones, etc había quedado en muchos casos con artículos difíciles entender y, por ende, de aplicar desde un solo punto de vista. Lo cual explica, también, las condiciones en que se elaboran las leyes, que, por múltiples causas, se alejan de las condiciones idóneas de tranquilidad, serenidad, ponderación, atención al bien común (antes que a los intereses de partido), consultas con la sociedad, con expertos en distintas materias, análisis de la jurisprudencia existente y de los efectos que han tenido leyes similares, etc. y se acercan bien, a la confección de leyes que se adecuan a la ideología del partido que tiene la mayoría en el Parlamento o bien al habitual mercadeo con otros partidos si no la tiene. Si me apoyas en este enmienda, yo te apoyo en la otra, y si me prestas los votos necesarios para sacar adelante esta ley, yo te apoyaré en el proyecto de la ley de Costas, o de Aguas, o de Dependencia, o en las pensiones o en los presupuestos.

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